Hijos de padres extranjeros

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Nacionalidad por valor de simple presunción.
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Obtener la nacionalidad española

A la atención de Abogada Alina Sasu

He encontrado su contacto en Google, al poner abogados de inmigración . Le cuento mi caso, por si pudiera ayudarme.

Mi mujer y yo, vamos a tener un bebé. Yo, soy de nacionalidad venezolana, y mi mujer, libanesa. Por esta razón, nuestro bebé será hijo de padres extranjeros nacido en España.

Como usted bien sabrá, el artículo 17 del Código Civil , dice, que serán españoles de origen, los hijos nacidos en España de padres extranjeros, si ninguno de ellos tiene nacionalidad, o si las leyes de ninguno de sus países, atribuye al niño nacionalidad.

Pues bien, según la legislación libanesa, la madre no cede nacionalidad, mientras que la legislación venezolana, si que la otorga, pero solo siendo residente en Venezuela, circunstancia , que no cumple, ya que, vivimos en España, o bien, pidiéndola de manera voluntaria, hecho, que no va a producirse, debido a la lamentable situación que se vive en mi país.

Quería preguntarle si nuestro hijo, podría obtener la nacionalidad española.

A la espera de su contestación, se despide

Jonny Barletti.

Estimado Jonny.

Disculpe por la tardanza en responderle. Con tantos días de fiesta, se acumulan los correos. El hecho de nacer en España, no otorga automáticamente la nacionalidad a un niño. Si ambos padres son españoles, el recién nacido, por supuesto, también lo es. Pero, si los progenitores son extranjeros, la cosa cambia, y la respuesta correcta es, depende.

Hay varias legislaciones, en las que las personas, no transmiten la nacionalidad directamente. Esto es debido, a que son países en los que rige el principio de Ius Soli, o derecho de suelo, por el que es necesario, que el recién nacido, nazca dentro del país. Este sería el caso, entre otros, del Líbano.

En el caso de Venezuela, al no residir ustedes allí, se debe de manifestar la voluntad, de que el recién nacido, sea venezolano, hecho que aquí, según me dice, no va a producirse.

¿ Qué posibilidad existe entonces?

Nacionalidad española por valor de simple presunción.

Existen una serie de países, en los que los padres de los hijos nacidos en España, podrán pedir la nacionalidad por valor de simple presunción.

Dentro de este grupo de países, no se encuentran Líbano, ni Venezuela.

Sin embargo, si ninguno de los padres , tuviera nacionalidad, o bien, la legislación de ninguno de ellos, la atribuyera, sí que podría pedirse la nacionalidad española.

Espero haberle sido de utilidad

Un saludo